November 21, 2017 11:20
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La Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados dictaminó un proyecto de ley que tipifica el Acoso Callejero como delito penal con pago de multas. El proyecto dispone una multa “de tres mil (3.000) a quince mil (15.000) pesos” para “el que ejerciere toda acción, con connotación sexual y unilateral, llevada a cabo a través de gestos y/o en forma verbal, realizada por una o más personas hacia otra u otras personas, basadas en el género, identidad y/u orientación sexual, llevada adelante en lugares o espacios públicos, o de acceso público, que de manera directa o indirecta afecten y/o perturben su vida, dignidad, libertad, integridad física y/o psicológica y/o el libre tránsito, creando en ellas intimidación, hostilidad, degradación, humillación y/o un ambiente ofensivo en los espacios públicos, siempre y cuando no configure un delito más severamente penado”. Read more
La Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados dictaminó un proyecto de ley que tipifica el Acoso Callejero como delito penal con pago de multas. El proyecto dispone una multa “de tres mil (3.000) a quince mil (15.000) pesos” para “el que ejerciere toda acción, con connotación sexual y unilateral, llevada a cabo a través de gestos y/o en forma verbal, realizada por una o más personas hacia otra u otras personas, basadas en el género, identidad y/u orientación sexual, llevada adelante en lugares o espacios públicos, o de acceso público, que de manera directa o indirecta afecten y/o perturben su vida, dignidad, libertad, integridad física y/o psicológica y/o el libre tránsito, creando en ellas intimidación, hostilidad, degradación, humillación y/o un ambiente ofensivo en los espacios públicos, siempre y cuando no configure un delito más severamente penado”.